El Reglamento General de Circulación es un gran desconocido para buena parte de los conductores españoles. Todos dominamos en mayor o menor medida las disposiciones referidas a la velocidad o la seguridad. Incluso las que tienen que ver con el estado del vehículo. Pero más allá de las normas más comunes, el texto ofrece otras muchas bastante inesperadas. Sus 173 artículos, sus disposiciones finales y adicionales y sus cuatro anexos recogen una serie de preceptos mucho menos populares. Y más de uno te va a sorprender.
La lista de disposiciones más curiosas que recoge el Real Decreto 1428/2003 (que integra el Reglamento) es amplia. Existe una larga serie de comportamientos, actitudes y hábitos cuya prohibición es desconocida por la mayor parte de usuarios. Y lo más importante es que incurrir en cualquiera de ellos supone la imposición de una multa. Una sanción que, dependiendo del precepto infringido, puede ir desde los 30 a los 3.000 euros.
Conducir y circular como es debido no solo depende de ajustarse a los límites de velocidad, llevar la documentación en regla o ponerse el cinturón de seguridad. Hay mucho más allá de las normas más obvias que deberías conocer. A continuación recopilamos algunas de las disposiciones menos conocidas del texto. Toma buena nota si quieres evitar una desagradable sorpresa.
Inusuales, sí, pero con sus correspondientes sanciones
Para empezar, hay que interiorizar una máxima. En general, el Reglamento entiende que la conducción ha de hacerse de la forma más correcta y concentrada posible.
También que la estancia dentro del habitáculo está supeditada a la conducción, en todo caso. Y de estas ideas nacen algunas de esas indicaciones poco conocidas.
Algo aparentemente tan involuntario como sacar la mano o el brazo por la ventanilla tiene sus consecuencias. Una multa de 80 euros sería la sanción por no mantenerlos dentro del habitáculo. La misma cantidad se impone para quien camine por una autovía o una autopista. También para aquel conductor que haga ráfagas de luces a otro vehículo. Y para el que toque el claxon sin motivo.
¿Sueles aprovechar los semáforos para comer, para beber o incluso para maquillarte? ¡Cuidado! Esto puede suponer 200 euros de multa o dos puntos del carné de conducir. La misma cuantía corresponde por repostar combustible con la radio, el vehículo o las luces encendidas.
Olvídate también de lavar el coche en la calle. O también de realizar tareas de mantenimiento en la vía pública. Dependiendo del caso, la multa podría salir desde los 30 hasta los 3.000 euros.
Lo mismo sucede con otras acciones que podrían parecer inofensivas. Cosas como conducir con los pies descalzos, con chanclas o tacones, o sin camisa. El Reglamento entiende que pueden impedir un correcto control del vehículo. Por eso las castiga con multa de hasta 200 euros.
Olvídate también de las discusiones dentro del vehículo. O de dar muestras de cariño a tu pareja. Se entiende que son conductas que pueden hacerte perder la concentración. Por ello, se multan con 80 euros.
Comportamientos como frenar de forma brusca o inmovilizar el coche injustificadamente no solo suponen un perjuicio para los demás. A ti te puede suponer 500 euros, en el primer caso, o 200, en el segundo.
Y no te pienses que se trata únicamente de disposiciones referidas a los conductores. Tampoco los peatones se libran de preceptos inusuales. Concretamente, hay que prestar atención a la velocidad. Como lo oyes. Cruzar a un ritmo demasiado lento de forma injustificada un paso de cebra está sancionado. No te entretengas mucho si no quieres tener que pagar 80 euros de multa.
Comportamientos que te pueden salir más caros de lo que pensabas
Pero no todo son disposiciones extrañas. Lo cierto es que existen otras muchas que, en mayor o menor medida, sí están presentes en el imaginario colectivo, pero de las que se desconoce su obligatoriedad o la sanción que llevan aparejadas. Las que recopilamos a continuación sí las conoces, pero a lo mejor no sabes que te podían salir tan caras.
Todos tenemos la idea genérica, por ejemplo, de que debemos de ser respetuosos con los ciclistas. Lo que no es tan común es que se conozca la sanción que lleva aparejada contravenir esta indicación. Adelantarles de forma temeraria o entorpecer su circulación tiene consecuencias. Hasta 200 euros, cuatro puntos o, incluso, la retirada temporal del carné. La misma sanción se impone por tirar colillas por la ventana del vehículo.
Esos mismos 200 euros se imponen por acciones como circular sin haber superado la ITV o conducir con el carné caducado. Lo mismo sucede con no llevar los triángulos de señalización o no utilizar el chaleco reflectante.
Puede que tampoco sepas que llevar en coche a más personas de las permitidas se multa con hasta 500 euros. O que conducir sin luces, deslumbrando o con la matrícula en mal estado no es un simple descuido: te puede suponer 200 euros. Cuidado también con algo que parece tan leve como no respetar la distancia de seguridad. Te puede ocasionar la misma multa y cuatro puntos menos de carné.